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España: elecciones municipales de 22 mayo sin BILDU … ¿son elecciones?

Publicado: 2011-05-01

 A partir del auto conocido hoy, los responsables de Sortu tienen 30 días para recurrir la decisión ante el Constitucional. El alto tribunal, sin embargo, podría tardar meses en decidir y en ese caso Sortu quedaría fuera de las elecciones municipales del 22 de mayo.

Los magistrados discrepantes de la ilegalización de Sortu acusan a la mayoría de sustituir la prueba por un relato inventado

Estado español: Sin Bildu, ¿son elecciones?

Iñaki Lasagabaster · José M. Castells · Iñigo Urrutia · · ·

1-5-2011 - Hace días se conoció la sentencia del Tribunal Supremo por la que se prohibía el partido Sortu. El tribunal consideró que el partido es continuación de Batasuna. La forma de demostrar la continuidad se sustenta en el análisis de un documento de ETA, ya caducado, y sin tener en cuenta otros elementos probatorios, en especial el testimonio de un testigo-perito (sic) de la policía, uno de los principales especialistas y conocedor profundo de las características de la izquierda abertzale-Batasuna. Según sus palabras, Batasuna había llevado a ETA a su terreno, imponiéndole la línea política, aceptada por las asambleas de sus militantes. A partir de ese momento la acción se iba a centrar en la lucha política, institucional e ideológica. Lo político pasaba a escribirse con mayúsculas y los escritos de la izquierda abertzale se referían a los medios políticos como "los únicos" y no como fundamentales.

El Tribunal Supremo resolvió la prohibición por la mínima. Nueve jueces votaron a favor y siete en contra. El voto particular que formularon estos últimos es rotundo en el análisis jurídico y en la consideración de los hechos. La ilegalización de Sortu abre la puerta al pronunciamiento del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No es aventurado concluir que en alguna de estas instancias se resolverá favorablemente la conformidad de Sortu a la legalidad y la correspondiente nulidad de la sentencia del Tribunal Supremo.

En este proceso no hay que olvidar la actuación del Gobierno español. A pesar del informe del testigo-perito policial, el Gobierno acudió a los tribunales, por lo que ese Gobierno tiene parte de la responsabilidad en la ilegalización de Sortu, no siendo ajeno a su decisión otro interés político evidente: la ausencia de Sortu en las elecciones, o la ausencia de la izquierda abertzale-Batasuna, puede permitir la formación de mayorías PP-PSOE para gobernar en los Territorios Históricos y en algunos ayuntamientos, especialmente en los grandes, tal como ha sucedido en el Parlamento Vasco. Patxi López no sería lehendakari si la izquierda abertzale hubiera estado en las urnas en las últimas elecciones autonómicas.

Prohibido el partido Sortu, se quiere prohibir también la presencia de su electorado, impidiéndose la presentación de listas electorales. Ciertamente, decir que las listas electorales sustituyen al partido prohibido es una afirmación jurídica muy discutible, para algunos teóricamente insostenible. Pero los tribunales la han aceptado.

Las listas se prohibieron en aquel momento por ser herederas de Batasuna. Ahora se quiere prohibir las listas de Bildu. La situación, sin embargo, no es comparable. Bildu no es una lista de electores, sino una coalición de partidos (EA y Alternativa) y de independientes. Aunque todavía la capacidad de asombro de la ciudadanía y especialmente de los juristas quizá no haya tocado techo ¿se llegará a decir que EA y Alternativa suceden a Batasuna y que apoyan a ETA? Dejando estas elucubraciones, habrá que seguir con las listas.

Según ha aparecido en la prensa, a cada candidato le acompaña su condición de miembro de un partido o de independiente. El Gobierno del Estado ha autorizado la presentación de un recurso y la realización de las correspondientes investigaciones sobre la relación entre las listas presentadas por esa coalición y la izquierda abertzale-Batasuna-Bildu. Esta investigación promovida por el Gobierno español debe analizarse desde dos perspectivas. La primera es su interés político. La prohibición de las listas puede permitir que la coalición PP-PSOE acceda al gobierno de algunas instituciones públicas, tal como se ha señalado. Así lo ha dicho el portavoz del PP cuando expresa que el pacto PP-PSOE en la CAPV exige la impugnación de las listas presentadas por Bildu. El portavoz del Gobierno español acaba de decir que Batasuna debe dejar pasar el tiempo antes de poder participar en las elecciones, sin poner fecha. Aunque la pregunta fundamental es la siguiente: ¿En qué ley se establece que algunas personas deban estar en cuarentena antes de poder ser candidatos o de poder votar en las elecciones?

La segunda perspectiva es jurídica y lleva a otras consideraciones. Inicialmente hay que preguntarse por la licitud de la investigación de las listas, donde se analizarán los antecedentes e historial político de sus candidatos y candidatas. Ese historial político puede ser haber participado en listas prohibidas, haber actuado como interventor y otros motivos diversos. La participación en listas prohibidas lleva a la contaminación de todos los candidatos y candidatas limpios, en una progresión aritmética que conduce a la negación radical de su derecho de sufragio pasivo a un número muy elevado de personas, que se ha situado entre 20.000 y 40.000. La concreción del cálculo no puede ser mayor ya que la condición de persona vinculada a Batasuna puede obtenerse por cualquier medio.

Si los candidatos son miembros de alguno de los partidos que forman la coalición, la investigación sobre su actividad política sería ilegal. Si una persona se afilia a un partido político y se presenta como candidato a las elecciones, investigar su ideología sería contrario a su libertad ideológica y a su derecho a ser candidato, así como al derecho del partido a participar en la vida política. Las condiciones de inelegibilidad de las personas están claras y taxativamente establecidas en la ley. La investigación policial sobre los candidatos produciría un retraimiento de las personas para aparecer en las listas y situaría la actividad policial en las mismas coordenadas que las de cualquier sistema totalitario.

La situación de los candidatos de las listas de Bildu que tengan la condición de independientes permite hacer las siguientes consideraciones, a la luz de los hechos conocidos por la prensa. Los independientes de las listas de Bildu han firmado un documento de rechazo de la violencia. Frente a esta voluntad, fruto de la libertad ideológica y expresión de una voluntad constante o nueva del rechazo a la violencia como medio de acción política, se quiere hacer de un documento de ETA, caducado y contradictorio con otros documentos, la prueba irrefutable de que esas manifestaciones de voluntad son falsas y esconden otra finalidad. No tener en cuenta la manifestación de esas personas, que rechazan la violencia expresamente y por escrito, es claramente contrario a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Esta actuación del Gobierno español, se verá si de los tribunales, es simplemente contraria a la libertad ideológica y de conciencia, constituyendo un prejuicio, una presunción y prefiguración de la voluntad de una persona, de prueba imposible. ¿Cómo se puede saber la verdadera voluntad de una persona que hace una promesa?

La comprobación de esa verdadera voluntad no se puede producir nada más que en el momento en que la acción o actividad del electo sea contraria a lo manifestado en ese documento de rechazo. Y si es así, las normas ya han previsto la posibilidad de que el candidato incumplidor de su juramento pueda perder su condición de electo. Esta es la única interpretación razonable y jurídicamente fundamentada. Si, por el contrario, se considera que los independientes de las listas de Bildu van a suceder a Batasuna, se estaría prohibiendo el derecho de voto de miles de personas, haciendo una interpretación ideológica, de la voluntad de una persona contraria a lo que esa persona ha declarado y firmado expresamente. Porque ¿de quiénes se va a presumir que siguen vinculados a Batasuna? ¿Se va a prohibir legalmente que una persona de Batasuna cambie de opinión?

La prohibición de las listas de Bildu, allí donde se produzca, hará las elecciones ilegítimas. El poder que surja en esas instituciones no tendrá legitimidad democrática. Será un poder que para la población no merecerá ser respetado ni obedecido. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha señalado que la prohibición de un partido, o en este caso de las listas, sería contrario al Convenio Europeo de Derechos Humanos si se demuestra que persigue una finalidad distinta de la prevista en la norma. Es lo que se denomina en términos jurídicos "desviación de poder", utilizándose unas potestades públicas para un fin distinto del previsto en la ley. En este caso, se evidencia este comportamiento político abstruso, interesado y claramente contrario a la ley. El PP y el PSOE juegan a varias cartas y se reparten los papeles. La finalidad es la misma: la consecución de una mayoría PP-PSOE, que no sería posible si Bildu estuviera en las elecciones.

El Gobierno español ha jugado un papel proactivo en este proceso, persiguiendo hasta el acoso a unos teóricos y posibles sucesores de Batasuna, pudiendo producir como daños colaterales la prohibición de los candidatos de EA y Alternatiba. En esas condiciones, ¿pueden celebrarse unas elecciones?

Que todo esto suceda cuando está teniendo lugar un proceso político complicado pero indubitado de abandono de las armas por ETA, acompañado por un equipo de facilitadores internacionales compuesto por personas intachables y cualificadas, dándose una renuncia a la utilización de la violencia como medio de acción política por parte de todos los partidos y asumiéndose esa renuncia por los elegibles en las listas electorales, es incomprensible. Lo es además porque están haciendo tabla rasa de principios fundamentales en todo Estado de Derecho, como el principio de legalidad y el respeto a los derechos humanos.

Todo lo anterior lleva a considerar que no se busca la paz sino la victoria, y que la victoria quiere ser sobre el pueblo vasco, imponiendo unas instituciones y unos electos que en unas elecciones libres no serían tales, desconociendo en definitiva la voluntad popular. No cabe otro análisis, ya que la prohibición de las listas de Bildu exige tener en cuenta sus consecuencias. Todo ello lleva a repetir las preguntas que Josep Ramoneda planteaba en un artículo de El País (10-02-11) y se hacía recientemente: "¿Hay acuerdo en que acabar con la violencia sin concesiones políticas inadmisibles es el objetivo o hay otros objetivos ocultos? Dicho de otro modo: ¿Se quiere acabar con ETA o se quiere impedir que determinadas posiciones políticas, el independentismo, por ejemplo, puedan adquirir carta de normalidad en la sociedad vasca? ¿Por qué a algunos les da tanto miedo el final de ETA? ¿Bajo la retórica de la dignidad, se esconde la voluntad de mantener el conflicto abierto en intensidad limitada para que la sombra del terrorismo siga lastrando el escenario vasco?".

En la prensa se recogen también las declaraciones de Patxi López sobre Bildu, afirmando el marchamo indudablemente democrático de EA y Alternativa. También las conversaciones de Arnaldo Otegi con su mujer, grabadas en la cárcel, grabación injustificada y que no deja de ser paradójica, o ¿no es precisamente Arnaldo Otegi uno de los dirigentes responsables de la creación de Bildu y de su rechazo de la violencia? ¿Cómo sirve para probar la defensa de las vías violentas alguien que es reconocido por todos como líder de lo contrario? Patxi López defiende a Bildu en Gasteiz, con la boca pequeña, mientras sus compañeros de partido en Madrid impugnan las listas de Bildu y otras más, por si acaso. El doble juego es incomprensible y evidencia una cultura política desdeñable. Se está con los siete firmantes del voto particular de la sentencia sobre Sortu o se está con los nueve que han dado su sí a la ilegalización. En definitiva, para que Patxi López sea creíble habría que preguntarle qué piensa hacer si Bildu es ilegalizado o cuando los tribunales, en algún momento durante o después de las elecciones, declaren que esas prohibiciones son contrarias a derecho por injustificadas, desproporcionadas y negadoras del derecho de participación política, fundamento irrenunciable de toda sociedad democrática. También podía haber llamado al ministro Rubalcaba diciéndole que no impugnara las listas en lugar de limitarse a señalar que los tribunales tienen un "papelón" en este asunto. No parece que la clase política se esté dando cuenta de la gravedad de la situación, porque si Bildu no está en las elecciones, éstas no serán tales, es decir no serán elecciones democráticas.

Iñaki Lasagabaster, José M. Castells e Iñigo Urrutia son profesores de la UPV/EHU 

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Los magistrados discrepantes de la ilegalización de Sortu acusan a la mayoría de sustituir la prueba por un relato inventado

El Supremo comunica a las partes el auto que impide el registro del nuevo partido 'abertzale'.- Los defensores presentan una queja por la filtración del documento hace dos días

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha notificado hoy el auto en el que deniega la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos por nueve votos contra siete que se oponían a su ilegalización. El alto tribunal entiende probado que el citado partido fue diseñado por ETA en 2009 y ejecutado en connivencia con Batasuna con el objetivo de presentarse a las elecciones municipales, utilizando para ello una estrategia fraudulenta.

Según la decisión del Supremo, Sortu "supone una amenaza objetiva y grave para la democracia, para el Estado de derecho y para los derechos fundamentales del resto de los ciudadanos, que el Poder Judicial no puede permitir".

Al auto lo acompaña un extenso voto particular firmado por tres presidentes de Sala y otros cuatro magistrados discrepantes de la mayoría en el que consideran que la resolución de la mayoría "sustituye la valoración de la prueba por la construcción de un relato de identificación entre los miembros de la izquierda abertzale y la creación de Sortu como una instrucción directa de ETA".

Según los jueces discrepantes, la mayoría ha extraído dicho relato de un documento hecho por ETA hace más de año y medio y lo justifica "con citas parciales y conjeturas incompatibles con innumerables elementos probatorios".

La resolución mayoritaria, prosiguen los firmantes del voto particular disidente, "desconoce totalmente el valor decisivo que la jurisprudencia otorga a renuncia de la violencia formuladas en los Estatutos de Sortu". "La prueba practicada no ha logrado desmentir que la creación del nuevo partido político constituye un intento de al menos una parte del mundo abertzale de que en el País Vasco sean defendidas determinadas aspiraciones políticas independentistas por vías estrictamente políticas, abandonando la violencia y toda connivencia con ella", agregan.

Según los siete magistrados, existen "innumerables indicios de la existencia de discrepancias graves en el seno de la izquierda abertzale sobre el abandono de la violencia" por lo que es "obligado" tal y como se concreta "en la jurisprudencia constitucional y europea de derechos humanos" el "admitir la actividad política del nuevo partido en tanto no se demuestre cualquier tipo de connivencia con el terrorismo, momento en que la ley española permite su ilegalización inmediata».

Así, el voto particular concluye que no existeuna similitud sustancial entre Batasuna y Sortu ya que sus estructuras, organización y funcionamiento no son similares. Además, tampoco coinciden los promotores u organizadores de ambos ya que, entienden, no se ha probado que uno de los promotores de Sortu hubiese sido captado por la banda terrorista ETA, pues la traducción correcta de uno de los documentos incautados a la banda es "sin tocar", no "para tocar". Y añaden que la conversación grabada en el locutorio de un centro penitenciario en el que uno de los promotores de Sortu habría reconocido su pertenencia a Batasuna no puede ser tenida en cuenta como prueba, al haber mantenido esa persona la conversación en calidad de abogado de su cliente.

El auto de ilegalización se basa, además, en un elevado número de informaciones periodísticas que revelan la participación de presuntos miembros de ETA y de dirigentes de Batasuna en reuniones y actos públicos relacionados con el proyecto Sortu.

La Sala entiende, según el auto, que cabe estimar probado que el rechazo de la violencia y la actitud, aparentemente democrática, no es real.

Poco después de comunicarse el auto, los representantes de Sortu han elevado una protesta formal a la Sala del 61 por la filtración del auto a un medio informativo hace dos días, concretamente al diario El Mundo. En su queja, piden que se abran las oportunas diligencias, al tiempo que avisan de que estudian denunciar a los jueces de la sala especial del Supremo ante el CGPJ por falta muy grave o grave en el ejercicio de sus funciones.

En manos del Constitucional

A partir del auto conocido hoy, los responsables de Sortu tienen 30 días para recurrir la decisión ante el Constitucional. El alto tribunal, sin embargo, podría tardar meses en decidir y en ese caso Sortu quedaría fuera de las elecciones municipales del 22 de mayo.

El Supremo decidió ilegalizar Sortu el 23 de marzo. La formación reaccionó con un plan B: la creación de la coalición Bildu (reunir). Retomó así la izquierda abertzale un camino iniciado el 9 de febrero, cuando Sortu presentó sus estatutos en el Ministerio del Interior. El departamento de Alfredo Pérez Rubalcaba remitió entonces el texto a la Abogacía y a la Fiscalía General del Estado. Los estatutos condenaban "sin ambages" todo tipo de violencia y, específicamente, la de ETA, pero no exigía la disolución de la banda terrorista.

La Fiscalía General del Estado y la Abogacía recurrieron la inscripción al entender que Sortu era un instrumento de Batasuna "al servicio de ETA". La demanda de la Abogacía se fundamentaba en sendos informes de la Policía y la Guardia Civil, que identificaba al partido con un "un proyecto de la banda terrorista".

La irrupción de Sortu en la escena provocó un discurso único de PP y PSOE, que supeditaron la legalización de la formación abertzale al visto bueno de los tribunales. Si bien es cierto, en el seno del PSOE ha existido cierto disenso, como el que se produjo por la publicación de un artículo del presidente del PSE, Jesús Eguiguren, que acusó en un artículo en al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, de la falta de valentía por la legalización de Sortu y de supeditar su política antiterrorista "a la derecha" no paran.

Las claves de los estatutos de Sortu

Sortu se presenta como un partido democrático pero no pide la disolución de ETA

Sortu intenta burlar la ilegalización con una coalición llamada Bildu

23 motivos para no ilegalizar Sortu

Un auto perfectamente ajustado a Derecho

De la "decisión jurídica muy pobre" a la "valoración minuciosa" del Supremo

Sortu presenta un incidente de nulidad de actuaciones ante el Supremo

http://www.elpais.com/articulo/espana/magistrados/discrepantes/ilegalizacion/Sortu/

Sortu: nacer, surgir o crear en euskera

 

Sortu (nacer, surgir o crear en euskera)[1] es un partido político español cuyo ámbito de actuación son las comunidades autónomas del País Vasco y Navarra. Creado en febrero de 2011, ideológicamente se adscribe a la corriente del nacionalismo vasco conocida como izquierda abertzale, y desde su fundación ha sido considerado heredero de la ilegalizada Batasuna.[2] [3] [4] [5]

El nacionalismo vasco, IU y la mayor parte de los partidos políticos saludaron la creación del partido y pidieron que pudiera concurrir a las elecciones sin cortapisas, en tanto que PP y UPyD consideraron a Sortu continuadora de Batasuna y, por tanto, subordinada a ETA, por lo que no debería poder ser inscrita en el registro de partidos porlíticos. El PSOE consideró que el rechazo de la violencia terrorista por parte de Sortu era un avance importante, pero insuficiente. Por su parte, los promotores de Sortu afirmaron no ser «continuidad de nada porque [hablaban] de principios y compromisos que no tienen identificación con anteriores modelos de organizaciones ilegalizadas» al tiempo que rechazaron cualquier "subordinación o tutelaje".[6] [7]

El 23 de marzo de 2011, la Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo estimó las demandas de la Abogacía del Estado y del Ministerio Fiscal y denegó la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos, por considerarlo sucesor de Batasuna y no desvinculado de la organización terrorista ETA. La Sala informó en un principio de la existencia de tres votos particulares que discreparon de la mayoría.[8] [9] Al día siguiente se supo de la existencia de siete votos discrepantes y que el resultado final de nueve a siete fue decidido por el último voto, emitido por el presidente de la Sala Carlos Dívar.[10] Hasta entonces, todas las decisiones de la Sala Especial del artículo 61 se habían tomado por unanimidad.

Referencias

«sortu», Diccionario General Vasco, Euskaltzaindia.

El nuevo partido de Batasuna, Sortu, defiende su derecho a la legalidad, Europa Press, 8 de febrero de 2011.

a b c Los 12 bautizos de Batasuna, El País, 7 de febrero de 2011, consultado el 14 de febrero del mismo año.

a b El PNV cree suficientes los pasos de Batasuna y reclama a Interior la inscripción de Sortu sin recurrir, Deia, 8 de febrero de 2011, consultado el 14 de febrero del mismo año.

Según las Fuerzas de Seguridad españolas, Sortu es "un instrumento de Batasuna al servicio de ETA", ABC, 17 de febrero de 2011.

Sortu rechaza la violencia de ETA "sin ambages", advierte que nadie les fagocitará y defiende su derecho a la legalidad, Deia, 8 de febrero de 2011.

La nueva formación abertzale Sortu dice que "no es continuidad de nada" y que no será "fagocitada", La Vanguardia, 8 de febrero de 2011.

María Peral (El Mundo). «El Supremo impide que Sortu se presente el 22-M al ver vínculos con ETA». Consultado el 23 de marzo de 2011.

Julio M. Lázaro (El País). «El Supremo ilegaliza Sortu por considerarlo sucesor de Batasuna». Consultado el 23 de marzo de 2011.

Julio M. Lázaro (El País). «La votación del Supremo obliga a Sortu a plantearse un amparo urgente». Consultado el 25 de marzo de 2011.

http://es.wikipedia.org/wiki/Sortu

Sortu · ELPAÍS.com21 Mar 2011 ... El dilema de legalizar o no legalizar Sortu amenaza con amargar el final feliz de la lucha contra ETA, llevándose quizá por delante el pacto ...

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malcolmallison

Biólogo desde hace más de treinta años, desde la época en que aún los biólogos no eran empleados de los abogados ambientalistas. Actualmente preocupado ...alarmado en realidad, por el LESIVO TRATADO DE (DES)INTEGRACIÓN ENERGÉTICA CON BRASIL ... que a casi ning


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