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Policías y militares facultados para levantar cadáveres en zonas de emergencia

Publicado: 2012-12-07

El personal de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas quedó facultado para proceder al levantamiento de cadáveres, tanto de militares y civiles, en zonas declaradas en emergencia, según el dictamen aprobado por el Congreso.

La norma fue aprobada por unanimidad (97 votos), y exonerada del trámite de segunda votación (79 votos), con lo cual queda lista para ser promulgada por el Ejecutivo.

La iniciativa legal señala que en zonas declaradas en estado de emergencia, cuando existan dificultades que impidan la presencia inmediata del fiscal, los miembros de las fuerzas del orden podrán proceder al levantamiento de cadáveres de sus compañeros de armas caídos como consecuencia de actos punibles, como ataques narcoterroristas.

El texto original solo consideraba los cuerpos de los uniformados, pero ante la observación de varios congresistas, de que esta exclusividad podría afectar el derecho humanitario, cuando también existan cuerpos de civiles, también se incluyó a estos en la norma.

En todos estos casos, se dejará constancia de dicha diligencia y se dará cuenta al representante del Ministerio Público dentro de las 24 horas.

Asimismo, se debe efectuar la entrega del cadáver en forma inmediata bajo responsabilidad.

El Poder Ejecutivo tendrá 90 días para aprobar el reglamento respectivo.

Fuente: ANDINA


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Redacción mulera

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