Viviendas dignas para las víctimas
Por: Honorato Méndez
En abril del 2012, la Coordinadora Regional de Organizaciones de Afectados por la Violencia Política de Ayacucho (CORAVIP) puso en agenda pública la necesidad de reparaciones en vivienda, a través de una campaña denominada “Viviendas dignas es también Justicia”, con el objetivo de movilizar a las poblaciones afectadas, desplazadas y actores de la sociedad civil para demandar al Estado la implementación del Programa de Promoción y Facilitación al Acceso Habitacional.
Dicho programa es uno de los componentes del Plan Integral de Reparaciones, creado por Ley Nº 28592 y desarrollado con amplitud en su reglamento (D.S. 015-2006-JUS), el mismo que busca otorgar facilidades para el acceso a vivienda de víctimas y/o a sus familiares que, como producto del proceso de violencia, perdieron sus viviendas o fueron desplazadas del lugar donde habitaban.
Como resultado de la campaña, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel Encargada de la Reparaciones (CMAN) elaboró una propuesta de los lineamientos generales del Programa de Promoción y Facilitación al Acceso Habitacional (PRAH). Para mayor legitimidad, esta debería ser consultada y validada con representantes de organizaciones de afectados por violencia política, municipalidades, y entidades técnicas con experiencia en edificación de viviendas.
Corresponde coordinar y ejecutar este programa a los ministerios de Vivienda y de Justicia. Pareciera que existe disposición para atender con viviendas a las víctimas, pero sólo incorporándolas a programas vigentes que están a cargo de la cartera de Vivienda; sin embargo, los requisitos que exigen para acceder a dicho beneficio son diversos y las víctimas no están en posibilidad de cumplir con, por ejemplo, la disponibilidad de terreno con su respectivo saneamiento físico legal.
La Ley de Reparaciones fue aprobada en julio del 2005, pero el Estado ha descuidado su obligación de implementar reparaciones en viviendas a miles de víctimas. Sorprende que un gobierno que se presenta como el abanderado de la inclusión social, se olvide de la población afectada, cuando según el Consejo de Reparaciones, a marzo del 2013 reporta 44,281 potenciales beneficiarios del PRAH, inscritos en el Registro Único de Víctimas (RUV).
En abril 2013, el Congreso de la República, organizó en Ayacucho la audiencia pública “Viviendas dignas es también Justicia”, en la que participó el entonces presidente del Congreso de la República, Víctor Isla Rojas, y María Soledad Pérez Tello, quien presidía la Comisión de Justicia y Derechos Humanos; ambos escucharon las demandas de la población afectada para que se implemente el PRAH. Sin embargo, hasta la fecha no hay resultados.
Hemos escuchado con cierta frecuencia que una de las metas del presente Gobierno es entregar medio millón de bonos familiares habitacionales durante su gestión. La información es alentadora para todas las personas que carecen de vivienda, pero deben acelerarse la aprobación de los lineamientos generales del Programa de Reparaciones en Vivienda para ser accesibles a familias afectadas por violencia política, evitando la exclusión y las múltiples trabas que se presentan.
Frente a estos inconvenientes, las organizaciones de afectados y desplazados por la violencia han reiterado su demanda para que se cumpla la ley y el programa, la misma que contiene cinco modalidades: a) Programa especial de construcción y adjudicación de viviendas, b) Apoyo a la reconstrucción y rehabilitación de viviendas rurales, c) Saneamiento legal de la propiedad de vivienda, d) Ubicación de familias desplazadas en situación de alojados, y e) Apoyo financiero y asesoramiento para la autoconstrucción de viviendas.
Existen normas como el Decreto Supremo 008–2009–VIVIENDA, en el que se declara de interés prioritario la aplicación del Programa del Bono Familiar Habitacional en el Área Rural (BFHR); este programa considera a las zonas rurales afectadas por los cambios climáticos y acceso para las víctimas de la violencia política. Tiene dos modalidades: construcción en sitio propio y mejoramiento de viviendas. La norma faculta al Fondo Mi Vivienda a suscribir convenios con el Banco de Materiales que permitan implementar este otorgamiento, mientras que los beneficiarios deben estar inscritos en el Programa Techo Propio.
La Resolución Ministerial Nº 212-2012-VIVIENDA, con la que el Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción amplió los efectos de la Segunda Convocatoria 2012 del Programa Techo Propio, convocó para Ayacucho el concurso para 500 Bonos Familiares Habitacionales (BFH), focalizando a las víctimas de las provincias de Huamanga, Huanta y La Mar.
Según datos proporcionados por Dirección Regional de Vivienda, existirían 216 grupos familiares elegibles para el Programa Techo Propio inscritos en el RUV de la región Ayacucho que fueron considerados para ser beneficiarios a través de la modalidad construcción en sitio propio; pero si son admitidos a este programa serán tratados igual que otros beneficiarios y no habría ninguna distinción por su condición de afectados.
Felimón Salvatierra, presidente de CORAVIP, ha exhortado a funcionarios de CMAN y el ministerio de Vivienda para que prioricen la aprobación de lineamientos del programa de reparaciones en vivienda, señalando además que el Gobierno Regional de Ayacucho, si bien ha conformado el Comité Multisectorial para la Gestión del Programa de Viviendas en diciembre del 2012, se ha descuidado y todavía no hay resultados favorables para la población afectada por violencia política.
Escrito por
Una publicación de la Asociación SER
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